¿Buscas el lugar perfecto para ver crecer tu negocio en pleno corazón de Gijón? Te presentamos este local comercial de 88 m², ubicado estratégicamente en la zona centro para garantizar la máxima visibilidad y el paso constante de peatones. Es un espacio diáfano, versátil y lleno de posibilidades, ideal tanto para montar una boutique con encanto como para un estudio profesional o cualquier emprendimiento que requiera estar a un paso de todo. Actualmente nos estamos encargando de dejarlo a punto para ti: estamos regularizando los servicios de agua y luz, además de tramitar la instalación de un baño completo para que puedas arrancar tu proyecto con total tranquilidad y con todo en regla desde el primer día. Emprender en Asturias tiene otro sabor: la comodidad de trabajar en el centro y, al salir, tener la playa de San Lorenzo y la mejor gastronomía a apenas unos minutos caminando. En nuestra agencia nos encargamos de todos los trámites para que tu única preocupación sea ver triunfar tu idea. Somos tus aliados locales y te acompañamos paso a paso con la cercanía y transparencia que te mereces. Escríbenos un mensaje o llámanos hoy mismo y vamos a verlo juntos. ¡Tu próximo proyecto empieza aquí! LOS IMPUESTOS Y GASTOS DE COMPRA NO SE ENCUENTRAN INCLUIDOS EN EL PRECIO DE VENTA. En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación: ? Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (a partir del 8% según el precio de compra), sin perjuicio de tipos reducidos del 3%, 4%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. . Iva. ? Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. ? Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. ? Gastos de gestión (gestoría): Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la compraventa, incluyendo la presentación y liquidación de impuestos y la inscripción en el Registro de la Propiedad, serán asumidos por la parte compradora en caso de que decida encargar dichos trámites a un profesional, siendo su importe variable en función del profesional o entidad designada para su realización. ? Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en el Principado de Asturias, puede consultar el portal oficial de los Servicios Tributarios del Principado de Asturias en el siguiente enlace: https://www.tributasenasturias.es/sites/stpa/default/es_es.